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Reunión en el Ministerio de Trabajo

Nuestro Sindicato a través de la Comisión Nacional de Discapacidad participo de la mesa de enlace entre el Ministerio de Trabajo y Organizaciones Sindicales, en el marco del reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad en materia de inclusión laboral.

Las temáticas abordadas fueron las dificultades que encuentran las trabajadoras y trabajadores con discapacidad en sus lugares de trabajo y el modo en que los sindicatos damos respuestas a esas demandas.

En ese sentido nuestro Sindicato cuenta con un gran recorrido en la materia al lograr establecer en el Convenio Colectivo de trabajo el instituto de “Comisión paritaria de discapacidad y servicio social” art. 94 y 95.

Esta Comisión paritaria que para nosotros como gremio es tan arraigada y naturalizada no lo es para muchas Organizaciones Sindicales; sin embargo constituye una herramienta de un valor incalculable a la hora de discutir con la patronal este tipo de problemáticas.

Sabiendo de su importancia es que de la reunión llevada a cabo en el Ministerio de Trabajo se concluyó y se asumió el compromiso de elaborar un documento para invitar a los gremios a constituir comisiones o área que aborden la situación de las y los trabajadores con discapacidad en el caso de no contar con ellas.

Este intercambio de ideas, acciones y proyectos en materia de inclusión laboral con otros gremios en la órbita del Ministerio de Trabajo no solo nos enriquecen como Organización sino que reafirman el profundo trabajo que venimos haciendo desde AEFIP en la promoción de condiciones dignas e igualitarias de trabajo para el desarrollo de nuestras trabajadoras y trabajadores.

SOBRE LA SECRETARÍA

DE ASUNTOS SOCIALES

Son facultades y obligaciones de la Secretaría de Asuntos Sociales:

a) Organizar el turismo social y la recreación a cargo de la Asociación, a cuyo efecto estará facultado a suscribir, conjuntamente con quien ocupe el cargo en la Secretarìa General, convenios de tarifas y reciprocidad.
b) Organizar cooperativas de producción y consumo o representar a la Asociación ante las que tuviera la Repartición.
c) Organizar y controlar la asistencia para personas afiliadas y familiares adheridos a servicios creados o a crearse por la asociación o por la entidad empleadora.
d) Organizar e intervenir en todo lo relacionado con la tramitación de jubilaciones, pensiones, retiros, préstamos, subsidios, seguros de sepelio y/o de vida, y toda otra manifestación de beneficio social para las personas afiliadas.
e) Proponer y realizar la organización periódica de actos deportivos.
f) Supervisar el accionar de los Cuerpos Paritarios del área social: Comisiones Paritarias de: Servicio Social; y Comisión Nacional de Jubilados y Jubiladas. 

ARTICULO 61º: DE LA SUBSECRETARIA DE ASUNTOS SOCIALES 
 Son facultades y obligaciones de la Subsecretaría de Asuntos Sociales: colaborar con quien ocupe el cargo en la Secretaría de Asuntos Sociales y reemplazar en caso de ausencia o impedimento.

CONTACTO


MARTIN TORRILLA

Secretario de Asuntos Sociales


CARLOS GARCIA

Sub Secretario de Asuntos Sociales

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