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SECRETARÍA DE ACTAS

SOBRE LA SECRETARÍA DE

ACTAS

 Son facultades y obligaciones de La Secretaría de Actas:

a) Confeccionar las actas de las reuniones de Mesa Directiva Nacional, del Consejo Directivo Superior y de las Asambleas, firmándolas con el Secretario o la Secretaria General.
b) Llevar un libro en el que se asentarán las Resoluciones y/o normas reglamentarias de la Mesa Directiva Nacional, del Consejo Directivo Superior y de las Asambleas, y las reformas de los estatutos.
c) Organizar y mantener ordenado el archivo de la institución. 

CONTACTO


María Guillermina Ibáñez

Secretaria de Actas

SECRETARIAS