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Nuestros jubilados en el Presidente Peron

El viaje de marzo de nuestros afiliados jubilados y jubiladas a nuestro Hotel Sindical Presidente Perón es un momento del año muy esperado por todos ellos, por eso decidimos hacer un esfuerzo económico como gremio y realizarlo como lo hacemos todos los años, a pesar de todos los avatares que estamos atravesando por las políticas que desarrolla el gobierno y que impactan directamente en nuestro sindicato.

Nuestros compañeros pudieron vivir 7 días en donde se olvidaron de la rutina y las preocupaciones que los atraviesan para compartir entre amigos momentos de risas, juegos y los placeres de la gastronomía del hotel.

Con la organización de estos viajes y actividades que realizamos desde el sindicato seguimos honrado a quienes nos precedieron en la lucha y conquista de derechos.

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SOBRE LA SECRETARÍA DE

PREVISIÓN SOCIAL

XI.-  DE LA COMISION NACIONAL DE LOS JUBILADOS Y JUBILADAS

ARTICULO 73º La Comisión Nacional de Jubilados y Jubiladas estará conformada por los Delegados y Delegadas Titulares designados a tal efecto por cada Seccional, en la proporción de uno (1) por cada ciento cincuenta (150)  personas afiliadas vitalicias o fracción, los que en su primera reunión elegirán entre sí a los integrantes del Consejo Directivo que estará formado por cinco (5) miembros. 

ARTICULO 74º: El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Jubilados y Jubiladas elegirá entre sus miembros un Presidente o Presidenta quien integrará la Mesa Directiva Nacional, teniendo a su cargo la Secretaria de Previsión Social con la siguiente asignación de tareas:

a) Entender en todo lo referente a los aspectos previsionales de las personas próximas a jubilarse y de las personas pasivas, en conjunto con él o la titular de la Secretaría de Asuntos Sociales.
b) Organizar actividades culturales y recreativas para las personas pasivas.
c) Organizar el Servicio Jurídico para las personas pasivas.

Asimismo, un Delegado o Delegada Titular por cada Seccional se incorporará a la Comisión Directiva con calidad de Vocal.

ARTICULO 75º:  La Comisión Nacional de Jubilados y Jubiladas adopta como normas referidas a los requisitos para integrarla, funcionamiento, convocatorias, duración, período de los mandatos y régimen de elección, las establecidas en este Estatuto para el Asambleas Generales de Delegados y Delegadas 

Contacto


Flor Eligia

Presidenta de la Comisión Nacional de Jubilados

SECRETARIAS