Facultades del Secretario de Relaciones Institucionales
Son facultades y obligaciones del Secretario de Relaciones Institucionales:
a) Mantener y promover las relaciones de la organización con entidades y organismos públicos, privados y/o no gubernamentales, nacionales e internacionales; fomentando la colaboración recíproca en los aspectos que beneficien a las organizaciones adheridas.
b) Deberá llevar un registro en el que consten las entidades o instituciones con las que haya tomado contacto.
c) Mantendrá comunicación con organizaciones sindicales representativas del exterior, intercambiando la información necesaria y promoviendo acciones en conjunto.
d) Tomará contacto con el Parlamento Nacional y demás organismos legislativos y Directivos, nacionales, provinciales y municipales, estrechando relaciones con vista al perfeccionamiento de la legislación tributaria, fiscal, previsional y laboral del sector.
e) Promover la coordinación de los organismos y/o entes de carácter tributario, aduanero, fiscal y previsional en el orden nacional, homogeneizando la legislación y el accionar de los mismos.